Reglamento Interno de la Rama de Astronomía de la
Universidad de Concepción.
ARTÍCULOS.
- La Rama de Astronomía (en adelante
RASTRO
) de la Universidad de Concepción (en adelante
UDEC
), es una organización estudiantil dentro de la
UDEC
reconocida por ésta.
- la
RASTRO
fué fundada en ?Agosto de 1993 por sus
Socios Fundadores:
- Su primer Presidente Juan Cristian Seguel Beecher,
- su primer Secretario Eduardo Unda Sanzana,
- Christian Garrido,
- Rubén Inzunza, etc.
- La
RASTRO
está organizada democráticamente
y sus socios(as) escogen
periodicamente --
de acuerdo a los plazos establecidos en el artículo siguiente --
a su Presidente(a), Vicepresidente(a), Secretario(a) y Tesorero(a).
- De acuerdo a lo decidido en plebiscito realizado por votación
Universal e informada entre los(as) socio(as) de la
RASTRO
, habrá elecciones cada semestre Universitario, dentro del primer mes.
- Son socios(as) de la
RASTRO
los fundadores de ésta, y cualquier nuevo(a) integrante que haya
ingresado a la primera de acuerdo a las condiciones establecidas
en el artículo siguiente.
- Periodicamente de acuerdo a lo establecido por plebiscito
de votación Universal informada, se decidirá aceptar o no a nuevos(as)
socios(as) durante el periodo actual. Los términos para la selección
de nuevos(as) socios(as) son los establecidos en el artículo
siguiente.
- En caso de decidirse la aceptación de nuevos(as) socios(as) a la
RASTRO
se comenzará el proceso de captación con la publicación de la medida,
la presentación de charlas
para los(as) nuevos interesados, exigiéndose una asistencia mínima a
las últimas. También será requisito para integrarse como socio(a) el
ser alumno regular de la
UDEC
en pregrado o postgrado.
- Los socios(as) de la
RASTRO
deberán cancelar sus cuotas semestrales cuyo monto deberá ser decidido
por plebiscito Universal informado entre los(as) socios(as).
- Los socios(as) de la
RASTRO
deberán cumplir el presente Reglamento, además de el Reglamento
del Estudiante de la
UDEC
cuando corresponda. El no cumplimiento de los artículos puede resultar
en amonestaciones verbales o escritas, suspensión temporal de la
calidad de socio(a) o expulsión de la
RASTRO
a los(as) socios transgresores(as).
- Los(as) miembros(as) de la
RASTRO
pueden retirarse de ella o suspender su afiliación por el actual
periodo, debiendo en el último caso aclarar su situación al
comienzo del siguiente periodo.
-
Podrá darse la membresía de Socio(a) Honorario(a), Socio(a) Externo(a) y
Socio(a) Póstumo(a)
a través de plebiscito, teniendo los dos primeros todos los derechos
de los(as) socios(as) regulares. Además los Socios(as) Externos(as)
deberán pagar cuotas adicionales por un monto decidido también
por plebiscito.